Registro Universal de Ingresos (RUI): qué es y cómo te afecta

Respuesta rápida: el RUI es el nuevo instrumento del DNP para clasificar a los hogares según sus ingresos reales, cruzando los registros del Estado (DIAN, PILA, Registraduría, ministerios) con la información del Sisbén dentro del Registro Social de Hogares. Entró en operación el 1 de agosto de 2026 y conserva la misma escala de grupos del Sisbén IV: A1 a D21.

Estado actual — revisado el 17 de octubre de 2026

  • La transición para los hogares que el Sisbén ya tenía identificados al 31 de julio de 2026 va hasta el 31 de octubre de 2026.
  • El DNP anunció un proyecto de decreto para extender esa transición hasta el 31 de diciembre de 2027 (primero se habló del 31 de julio de 2027), porque los modelos que estiman ingresos necesitan ajustes: en un solo mes llegaron más de 120.000 peticiones de ciudadanos inconformes con su nueva clasificación.
  • A la fecha de esta revisión, ese decreto de aplazamiento aún no se había expedido. La fecha vigente sigue siendo el 31 de octubre de 2026. Esta caja se actualiza cuando haya una decisión oficial.

En qué se diferencia del Sisbén

Sisbén IVRUI
Base principalLa encuesta en la vivienda (datos autodeclarados)Registros administrativos del Estado + la encuesta como respaldo
IngresoSe estima desde las condiciones del hogarObservado cuando hay registros (nómina, PILA, impuestos) y estimado con modelos cuando no
ActualizaciónCuando hay encuesta o novedad reportadaContinua, a medida que las entidades reportan datos
EscalaA1 a D21A1 a D21 (la misma)

El DNP insiste en un punto: el RUI no es una actualización ni una corrección de tu ficha del Sisbén — es un instrumento distinto, por eso tu grupo puede cambiar aunque tu vida no haya cambiado. → /por-que-cambio-mi-grupo-del-sisben/

Las normas y fechas que cuentan

  • Ley 2294 de 2023 (art. 70): crea el RUI, administrado por el DNP.
  • Decreto 875 de 2024: reglamenta el RUI y la transición desde el Sisbén.
  • Decreto 662 de 2026 (26 de junio): fija la operación desde el 1 de agosto y la transición hasta el 31 de octubre de 2026.
  • Proyecto de decreto (septiembre–octubre de 2026): llevaría el fin de la transición al 31 de diciembre de 2027. Sin expedir a la fecha de revisión.

¿Y mis subsidios?

No se suspenden automáticamente por la transición. Cada entidad debe publicar su esquema de transición y sus nuevos puntos de corte con el RUI. Ejemplo real: Prosperidad Social pagó el cuarto ciclo de Renta Ciudadana y Devolución del IVA (septiembre de 2026) con cortes del Sisbén IV de mayo y julio, mientras revisaba el RUI. → /programas-sociales/

Qué puedes hacer tú

  1. Consulta tu clasificación del RUI en la Ventanilla Social. → /consultar-rui/
  2. Revisa la ficha de tu hogar con tu cuenta: si un dato está mal, esa es la primera explicación de un grupo raro. → /ventanilla-social/
  3. Si no estás de acuerdo, el camino es la oficina del Sisbén de tu municipio (encuesta nueva o actualización por inconformidad). → /no-estoy-de-acuerdo-con-mi-grupo/

Preguntas frecuentes

¿El Sisbén desaparece? No de inmediato: sigue como fuente de datos del Registro Social de Hogares y su encuesta se sigue aplicando en los municipios.

¿Nequi o Daviplata bajan mi clasificación? No. Según el DNP, las transacciones en billeteras digitales no hacen parte de los registros que usa el RUI.

¿Tengo que hacer algún trámite por el cambio al RUI? No. La clasificación se asigna con los datos que el Estado ya tiene; solo debes actuar si tu información está desactualizada o no estás de acuerdo.

Fuentes oficiales

DNP — Ventanilla Social y Decreto 662 de 2026 · Ley 2294 de 2023 · Decreto 875 de 2024 · Prosperidad Social. Última verificación: 17 de octubre de 2026.